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Sancionan 14 leyes en Sesión Extraordinaria

En la 2da Sesión Extraordinaria, la Cámara de Diputados de la Provincia aprobó 14 leyes referidas a la creación y conservación del empleo, a la ampliación de beneficios de los trabajadores del estado, a dotar de mayor celeridad a los Poderes Ejecutivo y Judicial, y a impulsar y garantizar el crecimiento de la actividad audiovisual en la provincia.

De esta forma, la Legislatura sancionó las Leyes N°6.242 de Régimen de Custodia, Conservación, Disposición y Subasta de Bienes y Cosas Objeto de Secuestros en Procesos Penales; N°6.243 de Creación de Juzgados de Control de Narcomenudeo y Fiscalías de Investigación de Narcomenudeo; N°6.245 Instituyendo el 21 de junio como Día de la Confraternidad Antártica; N°6.246 de Ratificación del Decreto-Acuerdo N°4.518; N°6.247 de Ratificación del Decreto-Acuerdo N°4.760; N°6.248 Régimen de Brigadistas de Incendios Forestales; N°6.249 de Modificación de la Ley N°3.161 – Estatuto para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Jujuy; N°6.250 Ley Audiovisual de la Provincia de Jujuy; N°6.252 Establecimiento del año 2022 como Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Eduardo Arias; N°6.253 de Participación Cultural; N°6.254 de Modificación de la Ley Provincial N°5185 “Compre Jujeño”; y N°6.255 de Adhesión al Decreto Nacional N°514/2021 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.


Ley N°6.249, en concordancia con los nuevos paradigmas en derechos humanos y convenciones internacionales, modifica la Ley N°3.161 – Estatuto para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Jujuy, determinando que el personal que se encuentre en periodo de gestación tendrá licencia por nacimiento, con goce de haberes, de 120 días corridos. Asimismo, gozará de un permiso especial de lactancia durante seis meses posteriores al parto.


En el caso de la persona no gestante, la misma tendrá licencia por nacimiento de treinta días corridos a partir de la fecha de parto. De igual manera, la nueva normativa crea la licencia por adopción, estableciendo 120 días corridos desde la fecha en que la autoridad judicial o administrativa competente notifique el otorgamiento de guardia con vistas a futura adopción. También aclara “si ambos fueran a la vez agentes dependientes de la administración pública provincial, el plazo de 120 días de licencia podrá ser distribuido entre los mismos y usufructuado en forma simultánea o consecutiva”.


De igual manera, la Cámara aprobó la Ley N°6.244 que crea, en el ámbito del Ministerio de Educación, el programa Educación Emocional. El mismo está dirigido a todos los niveles y modalidades de las instituciones educativas de gestión estatal y privada con el fin de desarrollar y fortalecer habilidades socioemocionales en alumnos, docentes y padres.


La Ley entiende a la Educación Emocional como la estrategia educativa que tiene el objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas, disminuyendo conductas sintomáticas mediante el desarrollo de habilidades socioemocionales y la construcción de un propósito de vida. Asimismo, establece su inclusión en los diseños curriculares de todos los niveles y modalidades del sistema educativo.

Igualmente, con el objetivo de impulsar y garantizar el crecimiento de la actividad audiovisual fortaleciendo la identidad cultural y estimulando su desarrollo industrial, los legisladores sancionaron la Ley N°6.250 Audiovisual de la Provincia de Jujuy.


Esta Ley favorece la producción y promoción a nivel local, el fomento de la actividad en sus diversas etapas de realización, la capacitación y formación profesional, la formalización de empresas productoras, la promoción de la provincia como destino de filmación, la generación de incentivos de inversión y la promoción de la cadena de producción que favorezca la creación de empleo genuino.


Para esto, se creará el Instituto de Artes Audiovisuales Provincial, que tendrá las funciones de administrar y ejecutar el Fondo Audiovisual Provincial, el diseño y ejecución del plan de fomento y promoción, la coordinación y administración del Registro Provincial de la Actividad Audiovisual, la Comisión del Filmaciones de Jujuy, el Festival Internacional de Cine de las Alturas, el archivo fotográfico y audiovisual de Jujuy y la plataforma de contenidos audiovisuales de la provincia. De igual forma, garantizará la paridad de género en todas las iniciativas de fomento audiovisual, generará políticas que promuevan la difusión de las producciones locales, difundirá la provincia como potencial locación en la producción de contenidos, y garantizará la preservación y el cuidado del ambiente y los recursos naturales en todas las etapas de la actividad.


A la par, la Cámara aprobó la Ley N°6.253 de Participación Cultural. La misma crea un régimen destinado a estimular e incentivar la participación privada para el financiamiento de proyectos culturales, patrimoniales y artísticos con el apoyo y la cooperación de la provincia. La autoridad de aplicación será el Ministerio de Cultura y Turismo a través de la Secretaría de Cultura y tendrá la facultad de aprobar o desaprobar los proyectos, controlar el efectivo cumplimiento de las condiciones para el otorgamiento de los beneficios previstos en la Ley, verificar la ejecución de los proyectos culturales.


Además, con el apoyo de todos los diputados presentes, la Cámara sancionó la Ley N°6.248, Régimen de Brigadistas de Incendios de Vegetación, que tiene por objeto establecer un marco regulatorio para agentes dependientes de la “Dirección Provincial de Incendios de Vegetación y Emergencias Ambientales” de la provincia. La norma establece categorías para el personal comprendido en ella, delimita requisitos específicos de ingreso y demarca las jornadas laborales limitándolas a 40 horas semanales.


Otra de las iniciativas sancionadas, como Ley N°6.252, instituye al año 2022 como año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Eduardo Arias. En esta línea, se aprobó la Ley N°6.245 que instaura en la provincia al día 21 de junio como “Día de la Confraternidad Antártica”, instando al Poder Ejecutivo a incluirlo en el anuario escolar, instrumentando los mecanismos necesarios para que cada año se realicen clases alusivas en los distintos niveles y modalidades, fijando como objetivo la difusión y toma de conciencia con respecto a la importancia de la presencia de nuestro país sobre territorio Antárquico.


También, la Cámara Adhirió, como Ley N°6.255, al Decreto Nacional 514/2021 que compatibiliza Planes, Programas Sociales y de Empleo provinciales con el trabajo rural registrado para trabajadores contratados bajo las modalidades de trabajo temporario o trabajo permanente discontinuo. Esta medida fomenta la contratación de trabajo registrado y el acceso a los beneficios de la seguridad social para poblaciones con mayor grado de vulnerabilidad e informalidad laboral, promoviendo su inclusión social plena, la mejora de sus ingresos y consecuentemente la calidad de vida del grupo familiar; a la vez que busca dar respuesta a una problemática recurrente del sector agropecuario, la escasez de mano de obra para tareas de campo de temporada.

Asimismo, la Cámara aprobó las leyes N°6.242 de Régimen de Custodia, Conservación, Disposición y Subasta de los Bienes y Cosas Objeto de Secuestros en Procesos Penales; y N°6.243 de Creación de Juzgados de Control en Narcomenudeo y Fiscalías de Investigación de Narcomenudeo.


La primera propicia el establecimiento de pautas y reglas claras de cómo los fiscales deben custodiar, conservar y disponer los bienes que se encuentran secuestrados en causas penales y en las causas denominadas para establecer procedencia. Asimismo, la norma remarca “es necesario que tanto quienes integran el Ministerio Público de la Acusación (órgano encargado de la custodia de los bienes), como el resto de los sujetos procesales que actúan en una causa penal, cuenten con reglas claras que establezcan y determinen cuál será el tratamiento que se le dará a un bien que fue secuestrado”. En cuanto a la Ley N°6.243, la misma crea en la órbita del Poder Judicial dos Juzgados de Control de Narcomenudeo como órganos jurisdiccionales especializados. Asimismo, crea en la órbita del Ministerio Público de la Acusación dos Fiscalías de Investigación de Narcomenudeo.




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